¿Qué cambio fundamental encontramos con la notificación electrónica?
La nueva regulación de la notificación electrónica plantea una serie de cambios fundamentales, no tanto por el formato electrónico –acorde a los tiempos actuales- sino por el cambio en el modo de practicarlas.
Hasta ahora, la notificación estaba configurada como una carga para la Administración, pero ahora es el interesado tiene que acudir a la sede electrónica de la Administración-el domicilio de esta- para recibir la notificación. Esto puede suponer una carga a los interesados, pues no se puede saber a priori si la Administración resolverá o no dentro del plazo marcado por la Ley, lo que obligará al interesado a visitar de manera constante la sede electrónica. Esto conllevaría a la indefensión de los interesados y la vulneración del artículo 24 de la Constitución.