¿Qué implicaciones tiene la ejecutividad de los actos administrativos?

El carácter ejecutivo de los actos administrativos no puede entenderse sin hacer previa referencia a la presunción de su validez. El artículo 39.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dispone que “los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa”.

Sin perjuicio del carácter revisable de los actos administrativos, (esta presunción de veracidad no impide que si se constata que un acto ha infringido de alguna forma el ordenamiento jurídico este pueda ser declarado invalido, por la Administración o por los jueces y tribunales competentes) lo cierto es que los actos administrativos se presumen válidos desde su nacimiento.

Hay pues dos aspectos fundamentales que condicionan la ejecutividad de los actos administrativos: uno su eficacia y otro su validez o invalidez.

Como ya hemos puesto de manifiesto, el art. 39.1 LPAC establece “los actos de la Administración serán válidos y producirán efecto desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa”. Creándose así la “presunción de validez” o “autotutela declarativa”, entendiendo que la actividad de la Administración se ajusta a Derecho, lo que a su vez genera una “presunción de legalidad y de legitimidad” que se traduce en la “ejecutividad” de éstos, se presume que el acto es válido, por el hecho de ser dictado por una Administración y por ello produce efectos desde que se dicta.

Esta presunción de validez cubre los actos definitivos, aquellos que producirán efecto desde la fecha en que se dicten, pero no abarca toda la actividad previa y que es manifestada en el expediente administrativo.

La diferencia con los actos de particulares en relación con la presunción de validez o ejecutividad de los actos jurídicos privados, se muestra por tanto en la ejecutoriedad de los actos administrativos.