¿Cuál debe ser el contenido de los actos administrativos?
Los actos administrativos que dicten las Administraciones Públicas, bien de oficio o a instancia del interesado, se producirán por el órgano competente ajustándose a los requisitos y al procedimiento establecido.
El contenido de los actos se ajustará a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico y será determinado y adecuado a los fines de aquellos.
Como requisito objetivo del acto administrativo es que no se refiera a cosas imposibles, es decir, que la conducta que se configura como objeto del acto sea posible. También debe ser adecuado al Ordenamiento Jurídico, tal como señalan los artículos 9.1 y 103.1 de la Constitución.