¿Cómo se computan los plazos señalados por horas?


El cómputo de plazos en horas es una innovación introducida por la norma y que convierte en hábiles todas las horas del día. Por tanto no coincide con el horario de apertura al público de las Administraciones ni con el de trabajo de sus empleados, sino con la idea de la Administración electrónica que ha de estar al servicio del ciudadano las 24 horas del día, es decir, plenamente abierta. Coincide también esta interpretación con la realidad actual de los registros, permanentemente abiertos y no vinculados al horario de trabajo de los empleados públicos.

Serán hábiles, por tanto, todas las horas del día siempre que éste sea hábil (no son hábiles los sábados, domingos y festivos). El cómputo de estos plazos se hace en horas y minutos teniendo en cuenta la hora y minuto en que se haya producido la notificación o la publicación de acto administrativo. Por tanto el cómputo de plazos en horas se realiza de hora en hora y de minuto en minuto.

La utilización del cómputo de plazos por horas será para los supuestos en los que se establezcan plazos inferiores a 24 horas, puesto que si son superiores el cómputo pasará a hacerse por días.