¿Qué criterios adicionales de seguridad e identificación deben contener todo archivo electrónico?
En lo referente al archivo electrónico deben tenerse en cuenta los criterios de Seguridad que tienen como finalidad última proteger los datos de carácter personal de los ciudadanos y que sólo los interesados y el personal autorizado tengan acceso al contenido de los expedientes. El Esquema Nacional de Seguridad regulado por Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, ha sido modificado por el Real Decreto 951/2015, de 23 de octubre.
Esta normativa nueva contiene criterios que aseguran la identificación de los usuarios para que el acceso a los expedientes sea sólo posible para aquellas personas interesadas en él así como el control de acceso a los documentos que requiere la norma para el acceso al archivo electrónico único para empleados públicos o terceros en ciertas partes de dicho expediente.