¿Dónde pueden presentar los interesados los documentos que dirijan a las Administraciones Públicas?
En el registro electrónico de la Administración a la que se dirigen así como en los registros de los órganos de la Administración a que se refiere el art. 2.1 o en el registro habilitado en otros organismos que forman parte del sector público institucional. También es posible presentarlos en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares en el extranjero.
Se introduce la opción de presentación de solicitudes en las oficinas de asistencia en materia de registros, que permitirán solucionar los problemas que los ciudadanos encuentren en la presentación de escritos por medios telemáticos. Los registros asegurarán que se incorporan los documentos al expediente administrativo electrónico. Todos los registros electrónicos de los organismos deben ser interoperables y permitir la compatibilidad informática de acuerdo con el esquema nacional de interoperabilidad.