¿Ha entrado en vigor todo el texto de la Ley?

No, el 2 de octubre de 2016 entró en vigor casi la totalidad del texto, excepto las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico que producirán efectos en octubre del año 2018, conforme determina esta disposición final séptima.

No obstante, esta disposición final séptima ha sido modificada por el Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto, de transposición de directivas en materia de protección de los compromisos por pensiones con los trabajadores, prevención del blanqueo de capitales y requisitos de entrada y residencia de nacionales de países terceros y por el que se modifica la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 214, de 4 de septiembre).

Esta modificación supone que las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico producirán efectos a partir de octubre de 2020.

Por lo tanto, las Administraciones Públicas deberán seguir manteniendo los mismos canales, medios o sistemas electrónicos vigentes relativos a dichas materias, que permitan garantizar el derecho de las personas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones, como determina la disposición transitoria cuarta de esta Ley.