¿Pueden las Administraciones públicas utilizar algún mecanismo electrónico para la remisión de anuncios al «Boletín Oficial del Estado»?
Para facilitar el envío de anuncios al Boletín Oficial del Estado y dentro del decidido impulso que lleva a cabo la norma hacia la generalización en el uso de nuevas tecnologías por parte de la Administración, la disposición adicional tercera prevé la puesta a disposición de las distintas Administraciones de un “sistema automatizado de remisión y gestión telemática para la publicación de los anuncios de notificación”. Dicho sistema debe cumplir las exigencias establecidas en la Ley (como por ejemplo cumplir las exigencias del Esquema Nacional de Interoperabilidad, el Esquema Nacional de Seguridad, y sus normas técnicas de desarrollo).
La utilización de dicho sistema es gratuita para quienes soliciten la publicación de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.