¿Cuál será el contenido de la resolución que ponga fin al recurso extraordinario de revisión? ¿Y qué plazo tiene la Administración para resolver?
La resolución del recurso extraordinario de revisión deberá pronunciarse sobre la procedencia del mismo y, en todo caso, sobre el fondo de la cuestión resuelta por el acto recurrido.
El órgano competente para resolver el recurso tiene un plazo de tres meses para resolver y notificar su resolución.