¿Se debe admitir siempre el recurso extraordinario de revisión?


No todo procedimiento instado por un recurso extraordinario de revisión tiene que concluir con una resolución que dé respuesta a las pretensiones del recurrente. También, puede ser inadmitido mediante resolución motivada, sin el dictamen previo del Consejo de Estado u órgano consultivo correspondiente de la Comunidad Autónoma.