¿Contra qué actos cabe el recurso extraordinario de revisión?
El recurso extraordinario de revisión sólo puede interponerse contra los actos firmes en vía administrativa. Por actos firmes en vía administrativa debe entenderse aquellos actos que o bien no fueron recurridos en vía administrativa, o los que habiéndolo sido no prosperó el correspondiente recurso.
Este tipo de recurso no puede interponerse contra cualquier acto, sino que es preciso que se dé alguno de los supuestos previstos en la propia Ley.