¿Tiene la Administración actora del acto la obligación de admitir todas las solicitudes de revisión de oficio?
No. El órgano competente para resolver, en los supuestos de revisión de oficio de actos nulos de pleno derecho, podrá acordar la inadmisión a trámite de las solicitudes formuladas por los interesados sin necesidad de recabar el dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo de la Comunidad Autónoma en tres supuestos: