¿Cómo se fijan las cuantías por indemnización de daños y perjuicios causados por conductas sancionadas?
Si por la conducta sancionada se derivara un daño o perjuicio para la Administración y no se hubiera determinado su cuantía en el propio procedimiento sancionador, ésta se fijará en un procedimiento complementario.
La resolución que ponga fin a este procedimiento será inmediatamente ejecutiva.
Este procedimiento podrá concluir también por terminación convencional, es decir, mediante acuerdo, pacto, convenio o contrato entre la Administración y el infractor que ha ocasionado el daño o perjuicio cuantificable a la Administración.
Ahora bien, aunque concluya a través de este medio de terminación o por la propia aceptación de esta resolución por el interesado, ello no significará que el declarado responsable de la infracción reconozca voluntariamente su infracción.