¿Cuál debe ser el contenido de la resolución que ponga fin al procedimiento sancionador?
La resolución que ponga fin al procedimiento sancionador, además, de los contenidos que debe tener cualquier resolución que ponga fin a un procedimiento administrativo, incluirá una serie de elementos que constituyen especialidad del procedimiento de que se trata.
Así, este tipo de resoluciones deberá hacer especial hincapié en la valoración de las pruebas practicadas, en especial aquellas que constituyan fundamentos básicos de la decisión.
También, fijarán los hechos que hayan sucedidos y que pueden constituir infracción administrativa.
Asimismo, tendrá que identificarse a la persona o personas responsables de los hechos que suponen la infracción sancionable.
También formarán parte del contenido de las resoluciones sancionadoras, la infracción o infracciones cometidas, es decir, los concretos y determinados preceptos que resultan infringidos.
Y, por último, la sanción o sanciones que se imponen, de acuerdo con lo previsto en la ley, o bien la declaración de no existencia de infracción o responsabilidad porque, por supuesto, no toda resolución que ponga fin a un procedimiento sancionador tiene que concluir con una sanción.