¿Qué especialidades tiene la terminación convencional en los procedimientos de responsabilidad patrimonial?
Las especialidades se refieren sólo a algunos puntos que deben incluirse en el contenido del acuerdo, pues, además del contenido mínimo fijado en el apartado 2 de este precepto, el acuerdo alcanzado deberá señalar también la cuantía y el modo de la indemnización, de acuerdo con los criterios que para calcularla y abonarla establece el artículo 34 de la 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.