¿Qué formas ponen fin al procedimiento administrativo?
En todo procedimiento administrativo se distinguen tres fases: iniciación, instrucción y terminación. La ordenación, en realidad, no es una fase del procedimiento administrativo, sino un conjunto de principios que lo presiden.
Normalmente se distingue entre terminación normal y terminación anormal.
Si nos ceñimos a la más común manera de distinguir las formas de terminación del procedimiento, deberíamos indicar que estas son:
Solo la primera de las enumeradas es la forma normal de terminación del procedimiento. Las restantes son formas anormales de terminación del procedimiento. Unas serán por propia voluntad de los interesados y otras lo serán por circunstancias que concurran durante la instrucción y cuya declaración corresponde a la Administración.