¿Los informes son vinculantes?
Desde el punto de vista de su eficacia jurídica, los informes pueden ser vinculantes o no vinculantes. Los primeros, son aquellos cuyo contenido obligan al órgano que lo solicita a resolver de acuerdos con el parecer que expresa el mismo. Los segundos, por el contrario, no obligan a resolver de conformidad con lo expresado por el órgano informante.
La Ley establece que, salvo disposición expresa en contrario, los informes se consideran como no vinculantes.