¿Quién realiza los actos de instrucción?
De acuerdo con el principio de oficialidad que preside el procedimiento administrativo, los actos de instrucción se realizarán de oficio y a través de medios electrónicos, haciéndose mención a que dichos medios garanticen el control de tiempos y plazos, la identificación de los órganos responsables, la tramitación ordenada de expedientes y la simplificación y publicidad de los procedimientos.
También los interesados tienen derecho a proponer actuaciones que requieran su intervención o constituyan trámites legal o reglamentariamente establecidos. En este caso, se realizarán de la forma que sea más conveniente al interesado y sea compatible, en la medida de lo posible, con sus obligaciones laborales y profesionales.