¿Qué contenido debe tener una solicitud de iniciación de un procedimiento de responsabilidad patrimonial a instancias del interesado?

Los interesados en iniciar un procedimiento de responsabilidad patrimonial, en la solicitud que realicen, además de los requisitos mínimos previstos en el artículo 66, deberán especificar:

  1. las lesiones producidas,
  2. la presunta relación de causalidad entre éstas y el funcionamiento del servicio público,
  3. la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, si fuera posible, y
  4. el momento en que la lesión efectivamente se produjo.

Además, la solicitud irá acompañada de cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos y de la proposición de prueba, concretando los medios de que pretenda valerse el reclamante.