¿Cuál es el plazo de prescripción del derecho a reclamar por responsabilidad patrimonial de la Administración y cómo se computa?


La solicitud del inicio de un procedimiento de responsabilidad patrimonial sólo se podrá realizar por los interesados cuando no haya prescrito su derecho a reclamar.

El derecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo.

El cómputo del plazo se hace depender del tipo de daño (de carácter físico o psíquico a las personas, por anulación en vía administrativa o contencioso-administrativa de un acto o disposición de carácter general o como consecuencia de la aplicación de una norma con rango de ley declarada inconstitucional o de la aplicación de una norma declarada contraria al Derecho de la Unión Europea). Como regla general, se considera que el plazo comienza a correr desde que la acción pudo ejercitarse, cuando se conocen los elementos que permiten su ejercicio.