¿Cuál es la duración de las medidas provisionales?


Como es lógico, la vigencia de las medidas provisionales es temporal y, por tanto, «se extinguirán cuando surta efectos la resolución administrativa que ponga fin al procedimiento» cuya eficacia pretenden garantizar (art. 56.5).

Además, pueden ser alzadas o modificadas durante la tramitación del procedimiento, de oficio o a instancia de parte, en virtud de circunstancias sobrevenidas o que no pudieron ser consideradas en cuenta en el momento de su adopción (art. 56.5).